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El País: Jueves 29 de Septiembre de 2022 7:35 PM
El País: 2022/09/29 07:35pm

¡Vuelve y traba! Aprueban en tercer debate proyecto de ley sobre salarios de alcaldes y representantes

Los artículos 19, 302 y 303 de la Constitución establecen principios como que un funcionario no puede tener una remuneración por un trabajo no realizado.
  • Redacción día a día

  • diaadiapa@epasa.com
  • @diaadiapa

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  • Asamblea Nacional
  • Gabriel Silva
  • Javier Sucre
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El proyecto de Ley 890, que modifica la Ley 37 del 2009, que descentraliza la administración pública y que hace referencia a los salarios de los alcaldes y representantes, fue aprobado este jueves 29 de septiembre en tercer debate por el pleno de la Asamblea Nacional.

Esta iniciativa, que fue aprobada con 37 votos a favor, 3 en contra y 0 abstenciones, le permitirá a los alcaldes, vicealcaldes, representantes de corregimiento y suplentes, que ejercían algún cargo en entidades públicas al término para el cual fueron electos, gozar de licencia sin sueldo, y en los casos en que el salario asignado sea inferior al que percibían en la entidad estatal en la que estén laborando, podrán renunciar a dicho salario y percibir el de la institución en la cual ejercía funciones previamente.

También tendrán derecho a viáticos y gastos de representación que les sean pagados por el respectivo municipio; sin embargo, no podrán recibir dos o más salarios pagados por el Estado ni ejercer funciones en jornadas simultáneas de trabajo.

Tras la aprobación, el diputado Gabriel Silva expresó que en muchos casos hay servidores públicos que no ganan lo suficiente o lo justo, sin embargo advirtió que este proyecto es inconstitucional.

El diputado Silva señaló que los artículos 19, 302 y 303 de la Constitución establecen principios como que un funcionario no puede tener una remuneración por un trabajo no realizado, así como que no habrá fueros ni privilegios.

El proponente de este proyecto de ley, el diputado Javier Sucre, aclaró que no hay privilegios dado que las personas que ocupan altos cargos no pueden participar para cargos de elección popular con el salario y tienen que renunciar previamente.

 

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